Aviso de funcionamiento ante COFEPRIS para fabricar o vender alimentos: quién lo necesita y cómo tramitarlo

Equipo Bioteknomata · Actualizado el 23/10/2026

Si vas a elaborar salsas, mermeladas, pan, agua purificada o mezcal para venderlos, uno de los primeros trámites sanitarios que te toca es el aviso de funcionamiento. Aquí explicamos cómo funciona, con base en la Ley General de Salud (LGS) y la ficha oficial vigente del trámite.

Qué es el aviso de funcionamiento

El artículo 200 Bis de la LGS establece que "deberán dar aviso de funcionamiento los establecimientos que no requieran de autorización sanitaria" y que la Secretaría de Salud determine mediante un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), clasificándolos por la actividad que realizan.

Es una notificación, no un permiso. Le informas a la autoridad que tu establecimiento existe, qué hace y dónde está, para que pueda incluirte en su padrón y vigilarte. Según el mismo artículo, el aviso debe contener:

Ojo con el cuarto punto: al firmar declaras que ya cumples la regulación sanitaria, incluidas las buenas prácticas de higiene.

Aviso de funcionamiento vs. licencia sanitaria

AspectoAviso de funcionamientoLicencia sanitaria
FundamentoArt. 200 Bis LGSArt. 198 LGS
NaturalezaNotificación a la autoridadAutorización que la autoridad otorga
CuándoPor lo menos 30 días antes de iniciar operacionesPreviamente al inicio de actividades
A quién aplicaEstablecimientos que no requieren autorización, según el acuerdo de la Secretaría de SaludMedicamentos, plaguicidas, fuentes de radiación médica, actos quirúrgicos u obstétricos, hemodiálisis y centros de mezcla, entre otros (fracciones I a VI)
Alimentos y bebidasSí: es el trámite que correspondeNinguna fracción del art. 198 menciona alimentos ni bebidas

En resumen: para fabricar, envasar, almacenar o vender alimentos y bebidas, alcohólicas o no, la LGS no exige licencia sanitaria. Lo que sí puede pedirte una licencia es algo relacionado; por ejemplo, el servicio de control de plagas que contrates debe contar con ella (la NOM-251 lo exige en su numeral 5.10.8).

Qué giros presentan aviso

La lista vigente está en el Anexo I, "Actividades sujetas a presentación de Aviso de Funcionamiento o que requieren Licencia Sanitaria", del Acuerdo de trámites de COFEPRIS publicado en el DOF el 28 de enero de 2011 y modificado el 19 de junio de 2023. El anexo usa claves del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN) e indica, para cada actividad, si presenta aviso o requiere licencia.

Antes de llenar el formato, ubica tu clave SCIAN exacta; si tu actividad mezcla giros, pregunta en la ventanilla.

Dónde se presenta: COFEPRIS o tu estado

El artículo 200 Bis indica que el aviso se presenta "a la Secretaría de Salud o a los gobiernos de las entidades federativas". En la práctica:

Requisitos, costo y plazo

La homoclave correcta es COFEPRIS-05-018, "Aviso de funcionamiento, modificación o baja del establecimiento de productos y servicios". No la confundas con COFEPRIS-05-001, que corresponde a la licencia sanitaria para establecimientos de insumos para la salud (medicamentos).

PasoQué hacer
1. Prepara datosRFC, domicilio del establecimiento, procesos, líneas de producto y clave SCIAN
2. RegístrateCrea tu cuenta en DIGIPRIS, o acude a la ventanilla estatal para recibir asesoría
3. Llena el formato electrónicoSi eres persona moral, ten a la mano el acta constitutiva o el poder notarial del representante legal
4. Envía y guarda el acuseAl terminar obtienes un acuse electrónico; consérvalo en el establecimiento

Qué sigue después del aviso

Errores comunes

Preguntas frecuentes

¿Necesito aviso de funcionamiento si vendo desde mi casa?

La LGS no fija un umbral de volumen. Si fabricas o envasas alimentos para venderlos, tu actividad está sujeta a control sanitario. Confirma con COPRISEG cómo registrar un domicilio que también es casa habitación.

¿El aviso tiene vigencia o hay que renovarlo?

La ficha COFEPRIS-05-018 indica vigencia "No aplica". Solo debes modificarlo o darlo de baja cuando cambien tus datos.

¿Para producir mezcal necesito licencia sanitaria?

No. El artículo 198 de la LGS no incluye bebidas alcohólicas; corresponde el aviso. La venta de alcohol puede requerir permisos estatales o municipales distintos, que debes consultar en tu ayuntamiento.

¿Con el aviso ya puedo vender en tiendas?

Es un requisito sanitario, no el único. Muchos compradores pedirán también etiquetado conforme a la NOM que corresponda y evidencia de buenas prácticas.

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Fuentes